LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES. 

 Es cualquier sujeto, organización o entidad que asuma la defensa y gestión de los derechos de los trabajadores en el ámbito de la empresa o fuera de ella, esta representación es un derecho que la empresa no puede suprimir.
  • DELEGADOS DE PERSONAL
Cuando la empresa tiene entre 10 y 49 trabajadores . Si la empresa tiene entre 6 y 10 trabajadores, estos podrán elegir por mayoría tener un delegado si quieren. Si la empresa tiene menos de 30 trabajadores, tendrá 1 delegado, si tienen más tendrá 3.
  • COMITÉ DE EMPRESA
Cuando la empresa tiene más trabajadores, los representantes forman un comité de empresa. Este comité normalmente representa a todos los trabajadores de la empresa o del centro de trabajo, si la empresa tiene varios.

ALGUNAS DE SUS FUNCIONES
  • Negociar el Convenio colectivo cuando sea de ámbito empresarial.
  • Ser informados de las sanciones  graves a los trabajadores.
  • Recibir copia de los contratos firmados y de las prórrogas de los contratos temporales.
  • Ser informados de las sanciones graves a los trabajadores.
  • Pactar la distribución irregular de la jornada laboral y la compensación de los descansos
  • Recibir información y llegar a algunos acuerdos en casos de subrogaciones.
  • Estar presente en la firma del finiquito si un trabajador lo pide.





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