JORNADA LABORAL
Hace referencia al número de horas que el trabajador dedica a su cometido laboral en una jornada o día. También puede referirse al cómputo semanal, mensual o anual de tiempo trabajado
3 tipos:
- JORNADA ORDINARIA
-Duración de la jornada de trabajo no podrá exceder de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Su duración se fija en distintas unidades de tiempo: día, semana, mes o año.
-En el cómputo de la duración máxima de la jornada ordinaria únicamente se tiene en cuenta el trabajo efectivo. Tiempo de trabajo efectivo es el comprendido entre el momento de llegada y el abandono del "puesto de trabajo" por el trabajador.
- JORNADA ESPECIAL
Son aquellas que difieren en uno u otro aspecto de la regulación común sobre tiempo de trabajo
Esta regulación especial se justifica en la necesidad de adaptar las normas generales a las necesidades específicas de determinados sectores y trabajos, para ampliar o limitar la ordenación y duración de la jornada de trabajo y de los descansos
Este reglamento contiene una regulación que, permite una utilización más flexible de la normativa y refuerza la protección de la salud y seguridad de los trabajadores.
- HORAS EXTRAORDINARIAS
Comentarios
Publicar un comentario